Desde que en 1953 Bowen hiciera una primera referencia sobre la Responsabilidad Social Corporativa (RSC) hasta hoy, cuando ya se han popularizado los conceptos de sostenibilidad y de economía de los Stakeholders (tras la Declaración de la Business Rountable de 2019 y del Manifiesto de Davos de 2020), este movimiento ha aumentado progresivamente su relevancia en el mundo empresarial.
Hoy, a nivel global, ya hay un amplio consenso para desplegar una agenda para el desarrollo sostenible a través de los Objetivos de Desarrollo sostenible (ODS) y la sostenibilidad se ha normalizado como un criterio relevante de decisión para grandes inversores (Carta Propósito y Rentabilidad del CEO de Black Rock a sus gestores). A nivel europeo, entre muchas otras iniciativas, ya hay un amplio paquete regulatorio iniciado con la Directiva 2014/95/UE de información no financiera e información que dará paso a la nueva directiva sobre información en sostenibilidad (CSRD, por sus siglas en inglés). Y, a nivel español, la RSC se ha reconocido como una responsabilidad indelegable del Consejo de Administración (Artículo 529 ter. 1 de la Ley 31/2014, de Sociedades de Capital), y se ha desarrollado una legislación específica, la Ley 11/2018 sobre información no financiera y diversidad, que obliga a un determinado tipo de empresas a depositar sus Estados de Información No Financiera en el Registro Mercantil, al mismo nivel que la Información Financiera.
Para que se haya alcanzado esta situación, han sido necesarios 70 años de historia, que pueden resumirse en las cuatro fases que se muestran en el Gráfico 1 (Andreu, Fernández-Mateo, 2020) y que cada vez son más cortas en el tiempo y más intensas. Son éstas. Fase 1: Conceptualización (1953 -1996), en la que se genera el cuerpo doctrinal y académico más relevante para la función. Fase 2: Instrumentos internacionales (1997 – 2013), en la que se crean los principales instrumentos internacionales que desarrollan la RSC, que se inicia con la creación de GRI y puede darse por concluida con el lanzamiento de la estrategia renovada de la RSC de la UE. Fase 3: Regulación básica en relación al reporte (2014 a 2018), en la que se aprueban los principales instrumentos jurídicos, europeos y españoles, que incorporan la RSC a la legislación. Y Fase 4: transformación hacia el Net Zero (desde 2019 hasta hoy) en la que las exigencias climáticas ya se incorporan al derecho normativo, especialmente en la UE, y la sostenibilidad se instala definitivamente a la Agenda Pública de los CEO de grandes corporaciones como consecuencia de las presiones de los inversores y la necesidad de crear valor a largo plazo, entre otros.
No obstante, a pesar de que la RSC y la Sostenibilidad están ya en la legislación y en la agenda pública, todavía hoy es necesario clarificar su concepto.
El contenido de esta publicación ha sido elaborado por un
grupo de expertos de EY, socio patrocinador del Círculo de
Empresarios. El Círculo de Empresarios desea expresar
su reconocimiento y agradecimiento a EY por este amplio
documento informativo de alta calidad técnica. El mismo
ha sido la base sobre la que el Grupo de Trabajo de ESG de
socios del Círculo de Empresarios, presidido por Francisco
Román, formuló en septiembre de 2022 su
Toma de Posición al respecto
Contenido relacionado
Toma de Posición «El Círculo de Empresarios analiza las tendencias en ESG/Sostenibilidad»